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El Libro quinto se titula “De la educación en la ciudad perfecta”, nos dice que la educación de los niños debe ser cuidada por el legislador, porque el desatenderla significara un golpe funesto para el Estado.

La educación debe ser necesariamente una e idéntica para todos sus miembros, debe ser objeto de una vigilancia pública. Sin embargo, lo que es común debe aprenderse en común, ya que todos pertenecen al Estado, puesto que constituyen sus elementos y que los cuidados de que son objeto las partes deben concordar con aquellos de que es objeto el conjunto.

La educación debe comprender, las cosas que son de absoluta necesidad, debiendo distinguirse todas las ocupaciones en liberales y serviles, la juventud sólo aprenderá, aquellas que no tiendan a convertir en artesanos a los que las practiquen, les desfiguren el cuerpo y a todos los trabajos cuya recompensa consiste en un salario, porque unos y otros quitan al pensamiento toda actividad y toda elevación.

Nos dice que la educación de su época se compone ordinariamente de cuatro partes distintas: las letras, la gimnástica, la música y, a veces, el dibujo; la primera y la última sirven para el alma, la segunda sirve para formar el valor, mientras que pone a comparación de Platón, en tela de juicio la utilidad de la música, ya que esta solo ha sido una forma de matar el ocio.

Entre las cosas que es preciso enseñar a los jóvenes, ellos deben adquirir conocimientos útiles, tales como la gramática, porque facilita la adquisición de otros muchos, el dibujo para formar un conocimiento más exquisito de la belleza de los cuerpos.

Nos dice que el joven valiente será aquel que reúne la dulzura y la magnanimidad del león, desafiar noblemente el peligro es exclusivamente del hombre valiente. Es preciso juzgar de las cosas en vista, no de los hechos pasados.

Señala que la gimnástica es necesaria, para esto, hasta la adolescencia los ejercicios deben ser ligeros; y se evitará la alimentación demasiado sustanciosa, así como los trabajos demasiado duros, para no detener el crecimiento del cuerpo, los ejercicios demasiado violentos de la primera edad les privan de todo su vigor. Los tres años que siguen a la adolescencia serán consagrados a estudios de otro género; y se podrá en los años siguientes someterles a ejercicios rudos y a un régimen más severo.

Sobre la música, dice que es difícil decir en qué consiste su poder y cuál es su verdadera utilidad, debido a que se le ha comparado con el ocio, el cual no conviene durante la infancia, ni en los años que la siguen. De ahí plantea si una serie de cuestiones relativas al empleo de la música, si esta es una ciencia, o un mero pasatiempo.

La compara con el juego, el cual no tiene otro objeto que la distracción, mientras la música, “es un delicioso placer”, que debe ser cultivado como un medio de descanso, permite gozar, amar, aborrecer, como pide la razón, se facilita el hábito de juzgar sanamente las cosas y de poner nuestro placer en las sensaciones honestas y en las acciones virtuosas.

La música, por el contrario, es una imitación de las sensaciones morales y emocionales. Por lo tanto, imposible, no reconocer el poder moral de la música; y  es absolutamente necesario hacer que la música forme parte de la educación de los jóvenes.

Es necesario que los jóvenes aprendan a ejecutar la música, esto les permitirá ser capaces de apreciar y de gozar las obras de mérito, además esta no perjudicará la carrera ulterior que se emprenda; no degradará tampoco el cuerpo haciéndolo incapaz de las fatigas de la guerra o de las ocupaciones políticas. Para que la música sea verdaderamente lo que debe ser, no se ha de formar a discípulos que hayan de presentarse en los concursos, solo sensibilizando a la juventud para que pueda percibir la belleza de los ritmos y de los cantos.

Debemos permitir solo los instrumentos que sirven para formar el oído y desenvolver generalmente la inteligencia. Evitar aquellos que sirven para excitar las pasiones, y se debe limitar su uso a aquellas circunstancias en que nos proponemos corregir más bien que instruir. rechazamos, aquellos estudios que son propios de los que se dedican a ser profesores, los que tal hacen no se proponen mejorarse a sí mismos moralmente, sino que sólo tienen en cuenta el placer grosero de los futuros oyentes. El fin a que el artista aspira es malo, porque tiene que rebajar su obra poniéndola al alcance de los espectadores, cuya grosería envilece muchas veces a los artistas que intentan complacerles, degradando hasta su cuerpo a causa de los movimientos que han de hacer para tocar su instrumento.

La música se puede sacar más de un género de utilidad, puesto que puede servir para instruir el espíritu y para purificar el alma, asimismo, puede servir para distraer el espíritu y procurarle descanso después del trabajo.

Pero en la educación, sólo se admitirán los cantos y las armonías que tiene un carácter moral.

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El libro sexto, se titula “De a democracia y de la oligarquía. De los tres poderes: legislativo, ejecutivo y udicial”, inicia este libro haciendo un análisis de los deberes del egislador, quien debe:

  • Indagar cuál es la mejor forma de gobierno,
  • Conocer la naturaleza de este gobierno,
  • Saber bajo qué condiciones sería tan perfecto cuanto pueda desearse,
  • Distinguir qué constitución conviene adoptar
  • Cuál es el mejor gobierno,
  • Cuál es el mejor de los elementos que han de constituirle.
  • Ser capaz de emitir su juicio sobre una constitución que hipotéticamente se someta a su examen,
  • Designar los principios que la harían viable desde su origen y le asegurarían la más larga duración posible.
  • Conocer la “mejor” constitución porque su sobre todo, un gobierno practicable y aplicable a todos los Estados.
  • ser capaz de mejorar la organización de un gobierno ya constituido;

La constitución del Estado tiene por objeto la organización de las magistraturas, la distribución de los poderes, las atribuciones de la soberanía. Por el contrario, las leyes, son la regla a que ha de atenerse el magistrado en el ejercicio del poder y en la represión de los delitos que se cometan atentando a estas leyes.

Según Aristóteles la degradación de los gobiernos es de la siguiente forma:

Forma de gobierno

Forma corrompida

Aristocracia

Oligarquía

Democracia

Demagogia

Democracia

Tiranía

Lo que hace que sean múltiples las formas de las constituciones es, precisamente, la multiplicidad de los elementos que constituyen, entre ellas esta:

  • Familias,
  • multitud de hombres necesariamente los hay ricos, pobres y de mediana fortuna.
  • armas
  • labradores,
  • mercaderes
  • artesanos,

La constitución es la repartición regular del poder, que se divide entre los asociados, en virtud de cierto principio de igualdad común.

Es un error grave, hacer descansar la democracia en la soberanía del número; porque en las oligarquías, y puede decirse que en todas partes, la mayoría es siempre soberana, en este mismo sentido, siglos después Alexis de Tocqueville, en su libro “La Democracia en América” califica a la democracia como “la tiranía de las mayorías”.

Aristóteles, nos advierte que no hay democracia donde cierto número de hombres libres que están en minoría mandan sobre una multitud que no goza de libertad, ni tampoco cuando la soberanía reside en los ricos, ni aun suponiendo que al mismo tiempo estén en mayoría.

Señala que  la composición del Estado es muy diversa, esta se integra por diversas clases:

  • La de los labradores, prepara las subsistencias para la sociedad; de otro,
  • Los artesanos, dedicada a todas las artes sin las cuales la ciudad no podría existir
  • Los comerciantes, la de los que venden y compran en los grandes mercados y establecimientos;
  • La de mercenarios
  • La de los guerreros, indispensable para la defensa de las invasiones.

En contraposición, nos dice que en “la República” de Platón, Sócrates da en ella por sentado que el Estado se compone de cuatro clases completamente indispensables:

  • Tejedores,
  • Labradores,
  • Zapateros
  • Albañiles.

Después esta asociación incompleta,

  • Herrero,
  • Pastor
  • El negociante y el mercader,

Aristóteles dice que esta sociedad propuesta por sus predecesores requiere de un organismo que administre justicia y regule los derechos de cada uno; de esto dice que es necesario agregar otras clases, entre ellas:

  • La de los Ricos: la cual contribuye con su fortuna a los servicios públicos,
  • La de los administradores de Estado, que se consagran al desempeño de las magistraturas, necesita de ciudadanos que sean capaces de mandar a los demás y que se consagren a este servicio público.

Por otra parte, como ordinariamente los pobres están en mayoría y los ricos en minoría, se les considera como dos elementos políticos completamente opuestos. Consecuencia de esto las constituciones, quedan reducidas solamente a dos: la democracia y la oligarquía.

Derivado de lo anterior, nos dice que existen diversas especies de democracia, estas son:

  1. Basada en la igualdad fundada por la ley, en esta los pobres no tendrán derechos más extensos que los ricos, y que ni unos ni otros serán exclusivamente soberanos, sino que lo serán todos en igual proporción; porque siendo el pueblo el más numeroso y dependiendo la ley del dictamen de la mayoría, esta constitución es necesariamente una democracia.
  2. Basada en que las funciones públicas se obtienen con arreglo a una renta, los empleos deben ser accesibles a todos los que tengan la renta fijada, e inaccesibles para todos los demás.
  3. Basada en que los ciudadanos cuyo derecho no se pone en duda obtienen las magistraturas, pero la ley reina soberanamente.
  4. Basada en que para ser magistrado, es necesario ser ciudadano con cualquier título, dejándose aún la soberanía a la ley.
  5. Tiene las mismas condiciones sobre la magistratura, pero traspasa la soberanía a la multitud, que reemplaza a la ley, debido a la influencia de los demagogos. La demagogia aparece solamente en los Estados donde la ley ha perdido la soberanía. El pueblo entonces es un verdadero monarca, pretende obrar como tal, porque sacude el yugo de la ley y se hace déspota y desde entonces los aduladores del pueblo tienen un gran partido (esta democracia puede caer en el género de la tiranía).

Respecto al análisis de la oligarquía, dice:

  1. Basada en la fijación de un censo bastante alto, para que los pobres, aunque estén en mayoría, no puedan aspirar al poder, abierto sólo a los que poseen la renta fijada por la ley.
  2. El censo exigido para tomar parte en el gobierno es de consideración, y el cuerpo de magistrados tiene el derecho de elegir sus propios miembros. Esta tiene ciertos roces con las instituciones Aristocráticas, y sólo es oligárquica cuando el círculo de la elección es limitado.
  3. Se funda en la sucesión, a manera de herencia, en los empleos que pasan de padre a hijo.
  4. se une a este principio hereditario, el de la soberanía de los magistrados, la cual sustituye al reinado de la ley. (forma tiránica).

Tales son las formas diversas de oligarquía y de democracia, sin embargo, añadir aquí una observación importante, muchas veces, aunque la constitución no sea democrática, el gobierno, efecto de la tendencia de las costumbres y viceversa. Pero esta discordancia es producto de una revolución, y nace al evitar hacer innovaciones bruscas y se busca solventar el sistema con usurpaciones progresivas y de poca consideración, dejando en pie las leyes anteriores.

La “Evolución” de los tipos de democracia son:

  1. La mayor parte de los ciudadanos no tiene una renta segura, les falta tiempo para ocuparse de los asuntos generales
  2. Todos los ciudadanos de cuyo origen no se duda tienen derechos políticos, aunque realmente sólo los gozan los que pueden vivir sin trabajar. Las leyes son todavía soberanas, porque los ciudadanos, en general, no son bastante ricos, ni tienen bastantes rentas propias.
  3. Basta ser libre para poseer derechos políticos. Surge la necesidad de trabajar, esto impide a casi todos los ciudadanos el ejercerlos: y la soberanía de la ley no es menos indispensable que en las dos primeras especies.
  4. Habiendo alcanzado más extensión los Estados, que la tenían escasa en un principio, y aumentado su bienestar con el crecimiento de las rentas públicas, la multitud adquirió, todos los derechos políticos y los pudieron consagrarse en común a la dirección de los negocios generales.

La “evolución” de los Tipos de Oligarquia:

  1. Aquella en la que la mayoría de los ciudadanos posee riquezas inferiores y son de poca consideración. El poder se atribuye a todos aquellos que tienen la renta legal; y el ser tantos los ciudadanos que adquieren de esta manera los derechos políticos ha sido causa de que se haya atribuido la soberanía a la ley y no a los hombres, tienen necesidad de proclamar la ley soberana, en vez de hacerse ellos mismos soberanos.
  2. La ambición entonces se aviva con el poder, y los ricos nombran ea los ciudadanos que habrán de desempeñar los empleos del gobierno. Aún impera la ley pero esta les concede inmensas prerrogativas.
  3. Los miembros de la minoría desempeñan personalmente las funciones, pero conforme a la ley que las hace hereditarias. Hay un nuevo aumento de riquezas y de partidarios, este gobierno hereditario se aproxima mucho a la monarquía. Los hombres, no la ley, reinan en él.
  4.  Esta cuarta forma de oligarquía corresponde a la última forma de democracia.

Para Aristóteles existen cinco formas de gobierno:

  • monarquía,
  • oligarquía,
  • democracia
  • aristocracia
  • República;

Para Aristóteles el mejor Estado será el aristócrata, ya que está compuesto de ciudadanos que son virtuosos en toda la extensión de la palabra, y que no se limitan a tener sólo alguna virtud particular, en este el hombre de bien y el buen ciudadano se confunden en una identidad absoluta.

Finalmente, hace un análisis de la tiranía y la república, los cuales son corrupciones de la constitución perfecta. La república da origen a otras formas menos puras. La tiranía es la peor forma de gobierno puesto que no es un verdadero gobierno.

Sobre la republica nos dice:

  • Es una combinación de la democracia, aristocracia y la oligarquía.
  • La ilustración y la nobleza son ordinariamente patrimonio de los ricos
  • Los ricos se ven colmados de dones que muchas veces compran por medio del crimen.
  • Da la supremacía política a estos ciudadanos eminentes,
  • Aspiran a combinar los derechos de los ricos y de los pobres, la fortuna y la libertad; pues la riqueza, al parecer, ocupa casi en todas partes el lugar del mérito y de la virtud.

En este orden de ideas hace un análisis de cómo la república propiamente dicha se establece al lado de la oligarquía y de la democracia, y cómo debe constituirse. Este análisis permite fijar los límites de la oligarquía y de la democracia.

Hay tres modos posibles de combinación y de mezcla.

  1. Mezcla de la legislación de la oligarquía y la de la democracia relativa a una materia dada. La reunión de ambas es un término medio y común de estas instituciones diversas: multa para los ricos, indemnización para los pobres; y esta institución nueva es republicana, porque no es más que la mezcla de las otras dos.
  2. Composición entre las disposiciones adoptadas por la oligarquía y las de la democracia, por ejemplo, el derecho de entrar en la asamblea política sin condición de riqueza, por el contrario, en la oligarquía se exige una renta extremadamente elevada; el término medio consiste en no adoptar ninguna de estas dos tasas y tomar el medio proporcional entre las dos.
  3. Conjunción de la ley oligárquica y de la democrática. Empleo del azar para
    la designación de los magistrados, con el principio de la elección, de estas se
    tomará la elección y la suspensión del censo.

Pero es preciso que al Estado, se le pueda llamar indiferentemente oligárquico o democrático, aparentando ser ambas a la vez, sin ser ninguna de las dos. Debe poder sostenerse por sus propios principios, y no mediante auxilios extraños.

Sobre la tiranía, señala que existen tres formas de tiranía, estas se aproximan bastante al reinado, y tienen, en la ley su fundamento; estos gobiernos se caracterizan por ser:

  • Reales, en cuanto debían a la ley y a la voluntad de los súbditos su
    existencia;
  • Practican el Ejercicio del poder de manera despótica y arbitraria
  • Gobierna a súbditos  sin consultar para los intereses particulares de los mismos (monarquía absoluta).
  • Se gobierna con violencia.

En cuanto a la mejor constitución:

La constitución es como la vida de la ciudad, por lo que la debe reflejar de la manera mejor posible.

En toda ciudad hay una clase que no sabe obedecer a ninguna autoridad, sino sólo mandar despóticamente y otra que no sabe mandar, sino obedecer con mando servil, pero la comunidad no se funda entre enemigos, Por todo esto, la ciudad aspira a componerse de elementos similares en la manera en que sea posible. Manifiesta la importancia de la clase media, la cual es la que contiene esta composición por lo que la ciudad deberá fundarse en esta más que en ninguna otra clase, es más estable, porque no codician ni son codiciados y en aquellas ciudades donde la clase media es numerosa es difícil que se produzcan facciones entre los ciudadanos, preservando de esa manera el orden dentro de la ciudad.

La constitución acomodada a cada pueblo la que conviene a cada cual, ante todo debe haber una parte dentro de la ciudad que quiera la permanencia de la constitución, que sea más fuerte que los que no lo quieren. Para ello, donde la mayoría de la población es pobre, se inclinarán hacia la democracia, mientras que en donde la mayoría de la población es rica, estarán a favor de la oligarquía; pero el legislador debe siempre hacer entrar a la clase media y si ésta sobrepasa a las otras dos clases se podrá instaurar un gobierno constitucional.

Teoría de los tres poderes en cada especie de gobierno: poder legislativo

Volvamos ahora al estudio de todos estos gobiernos en globo y uno por uno, remontándonos a los principios mismos en que descansan todos.

En todo Estado hay tres partes de cuyos intereses debe el legislador, si es entendido, ocuparse ante todo, arreglándolos debidamente. El primero de estos tres elementos es la asamblea general, que delibera sobre los negocios públicos; el segundo, el cuerpo de magistrados, cuya naturaleza, atribuciones y modo de nombramiento es preciso fijar; y el ercero, el cuerpo judicial.

  • La asamblea general decide soberanamente en cuanto a la paz y a la guerra, y a la elebración y ruptura de tratados; hace las leyes, impone la pena de muerte, la de destierro y la confiscación, y toma cuentas a los magistrados. Aquí es preciso seguir necesariamente uno de estos dos caminos: o dejar las decisiones todas a todo el cuerpo político, o encomendarlas todas a una minoría, por ejemplo, a una o más magistraturas especiales; o distribuirlas, atribuyendo unas a todos los ciudadanos y otras a algunos solamente.

En la oligarquía, la decisión de todos los negocios está confiada a una minoría, y este sistema admite igualmente muchos grados. La asamblea pública en este caso sólo se ocupa de los asuntos preparados por estos magistrados.

desde ssu punto de vista el sistema imeperante es detestable; la minoría puede soberanamente absolver; pero cuando condena, abdica de su soberanía y tiene siempre cuidado de someter el fallo al juicio del pueblo entero.

El segundo elemento de gobierno no presenta menos variedad que el primero desde el punto de vista del número de sus miembros, de su extensión y de su duración; las funciones que dan derecho a deliberar, decidir y ordenar ciertas cosas, son las que constituyen las magistraturas. Propone que en los pequeños Estados, es preciso centralizar las diversas atribuciones en algunas manos; sin embargo no es conveniente confiar a una misma persona muchas funciones a la vez. Las magistraturas dependerán del tipo de constitución del Estado.

Los modos posibles de organización emanaran de tres términos son:

  • los electores;
  • los elegibles;
  • la manera de hacer los nombramientos.

Estos términos pueden presentarse bajo tres aspectos diferentes:

  1. El derecho de nombrar a los magistrados puede pertenecer, o a la universalidad de los ciudadanos, o sólo a una clase especial.
  2. La elegibilidad puede ser el derecho de todos, o un privilegio unido a la riqueza, al nacimiento, al mérito o a cualquier otra condición;
  3. La forma del nombramiento puede variar desde la suerte hasta la elección.
  4. Además, pueden combinarse estos modos con lo cual puede hacerse el nombramiento or una clase especial, al mismo tiempo que para otras por la universalidad de los ciudadanos; o bien que la elegibilidad será, respecto de unas un derecho general, al mismo tiempo que será, respecto de otras, un privilegio; o, en fin, que para éstas serán nombrados a la suerte los que las han de desempeñar, y para aquéllas, por elección. Las atribuciones pueden ser muy variadas, desde el mando de los ejércitos hasta la jurisdicción para entender en los contratos que se celebren en el mercado público.

Sobre la organización del poder judicial, nos dice que las diferencias entre los tribunales sólo pueden recaer sobre tres puntos:

  • Su personal: los jueces pueden tomarse de la universalidad o de una parte de la población, nombrados todos por suerte o todos por medio de la elección.
  • Sus atribuciones: dependerán de la formación y su creación,
  • Su modo de formación: puede ser por suerte o por elección.

Las diversas especies de tribunales son ocho:

  1. Tribunal para entender en las cuentas y gastos públicos;
  2. Tribunal para conocer de los daños causados al Estado
  3. Tribunal para juzgar en los atentados contra la constitución
  4. Tribunal para entender en las demandas de indemnización,
  5. Tribunal que ha de conocer en las causas civiles más importantes;
  6. Tribunal para las causas de homicidio; este puede subdividirse, en homicidio premeditado o involuntario
  7. Tribunal para los extranjeros. El tribunal de los extranjeros puede dividirse según que conoce de las causas entre extranjeros y nacionales.
  8. Tribunal que entenderá en todas las causas de menor cuantía, cuyo valorsea de una a cinco dracmas o poco más.